viernes, 8 de junio de 2012




El pasado 15 de Mayo entró el vigor la uniformidad de verano. Desde ese día nos podemos acercar a la empresa a retirar la ropa, tal y como está establecido en el artículo 75 del convenio colectivo. Esperamos que, en esta ocasión, los responsables operativos hayan tomado las medidas oportunas con tiempo suficiente y que no se produzcan grandes incidencias en la entrega de ropa. Como todos sabéis, llevamos varios años registrando muchas quejas de trabajadores a la hora de la retirada de la uniformidad, unas veces porque no hay pantalones o camisas de nuestra talla, otras no hay zapatos etc. SPV cree que estas incidencias pueden deberse a una política de empresa sobre "recorte de gastos" a raíz de la crisis de los últimos años.

Todo ello propicio que en los años 2010 y 2011 se pusiera estas carencias en manos de la inspección de trabajo. En ninguno de los dos años, la inspectora que tiene asignada la zona de Securitas tuvo a bien darle la razón a los trabajadores, al contrario, dio por buenos los argumentos explicados por la empresa, entre ellos que el “pedido estaba pedido”, que hubo problemas de vestuario con las tallas de algunos trabajadores, que entraron trabajadores nuevos subrogados que rompieron las previsiones, que estaban a la espera de un pedido complementario… Aunque respetamos las resoluciones de la Autoridad Competente en la materia, no podemos dejar de estar en desacuerdo, porque era evidente la carencia de ropa, y todos los trabajadores que lean estas líneas estarán de acuerdo, otra cosa es que el miedo y la falta efectivo de trabajo consigan que el trabajador que no se le da su ropa correspondiente no reclame. En fin, lo que esperamos y deseamos es que en esta ocasión no haya grandes problemas con el vestuario, y que a todo el mundo se le facilite lo que corresponde. 

Subrayando que la empresa nos ha asegurado que hay ropa suficiente para atender a las necesidades de nuestra plantilla actual (algo más de 700 trabajadores) si al ir a recoger la uniformidad no hay de vuestra talla o si la empresa no os facilita todo el material necesario para el desempeño de vuestras funciones, podéis dejar constancia por escrito de tal incidencia en la oficina o bien nos las trasladáis para que tengamos constancia de ello. Te facilitamos un modelo sencillo para que, si llega el caso, lo puedas registrar en la empresa. Son dos comunicaciones, una para que se la quede la empresa y otra para vosotros como “recibí”. No os olvides de que la empresa firme y selle tu comunicación... Estás en tu derecho. 




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